Se declararon infundadas las quejas de MC e independientes
MORELIA, MICH.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la prohibición para que candidatos independientes en Michoacán realicen campañas compartidas, aunque frenó los apartados sancionatorios de dicha ley al considerar que violaban la certeza jurídica de los aspirantes.
El fallo resuelve la acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento Ciudadano contra el Decreto 476, publicado en mayo de este año. El partido argumentaba que prohibir actos conjuntos vulneraba las libertades de asociación y expresión, invocando el precedente del caso Castañeda Gutman vs. México.
El Pleno determinó que la restricción es válida porque la figura de la candidatura independiente está diseñada constitucionalmente para ejercerse de forma estrictamente individual y no colectiva.
A pesar de validar la prohibición, los ministros tumbaron el régimen sancionador fijado en el Código Electoral estatal, dejando a la ley local sin dientes para castigar estas conductas por vicios de legalidad y falta de claridad jurídica.
Con esta resolución, el marco electoral de Michoacán mantiene la exigencia de individualidad para los independientes, pero el Congreso local deberá revisar la norma para subsanar los vacíos en el catálogo de sanciones.




